Decreto número 60/2020, de fecha 19 de agosto, por el que se nombra a los demás Miembros de Gobierno, por disposición de la Ley Fundamental.
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 51, inciso d) de la Ley Fundamental, en atención a las circunstancias que concurren en sus personas y, en uso de las facultades que Me confiere el Artículo 41, Inciso h) de la Ley Fundamental del Estado Vengo en nombrar a los demás Miembros del Gobierno como sigue:
1.- Ministro de Estado a la Presidencia de la República Encargado de Misiones,
Excmo. Señor Don Alejandro Evuna Owono Asangono.
2.- Ministro de Estado a la Presidencia del Gobierno, Encargado de la Integración Regional,
Excmo. Señor Don Baltasar Engonga Edjo
3.- Ministro de Estado Encargado de la Seguridad Nacional,
Excmo. Señor Don Nicolás Obama Nchama.
4.- Ministro de Estado del Interior y Corporaciones Locales
Excmo. Señor Don Faustino Ndong Esono Eyang
5.- Ministro a la Presidencia de la República, Encargado de Seguridad Exterior,
Excmo. Señor Don Juan Antonio Bibang Nchuchuma.
6.- Ministro Secretario General de la Presidencia del Gobierno,
Excmo. Señor Don Baltasar Esono Eworo Nfono.
7.- Ministro de Sanidad y Bienestar Social,
Excmo. Señor Don Diosdado Nsue Milang.
8.- Ministro de Asuntos Exteriores y Cooperación,
Excmo. Señor Don Simeon Oyono Esono Angue
9.- Ministro de Justicia, Culto e Instituciones Penitenciarias,
Excmo. Señor Don Salvador Ondo Ncumu.
10.- Ministro de Defensa Nacional,
Excmo. Señor Don Victoriano Bibang Nsue Okomo.
11.- Ministro de Hacienda, Economía y Planificación,
Excmo. Señor Don Cesar-Augusto Mba Abogo.
12.- Ministro de Obras Públicas, Viviendas y Urbanismo.
Excmo. Señor Don Clemente Ferreiro Villarino
13.- Ministro de Trabajo, Fomento de Empleo y Seguridad Social,
Excmo. Señor Don Alfredo Mitogo Mitogo Ada
14.- Ministro de Agricultura, Ganadería Bosque y Medio Ambiente,
Excmo. Señor Don Nicolás Houtondji Akapo.
15.- Ministra de Pesca y Recursos Hídricos
Excmo. Señora Adoración Salas Chonco
16.- Ministro de Minas e Hidrocarburos
Excmo. Señor Don Gabriel Mbega Obiang Lima
17.- Ministro de Industria y Energía,
Excmo. Señor Don Miguel Ekua Ondo.
18.-Ministro de Información, Prensa y Radio
Excmo. Señor Don Virgilio Seriche Riloha.
19.- Ministra de Asuntos Sociales e Igualdad de Género,
Excma. Señora Doña María Consuelo Nguema Oyana.
20.- Ministro de Transportes Coreos y Telecomunicaciones,
Excmo. Señor Don Rufino Ovono Ondo
21.- Ministro de la Función Pública y Reforma Administrativa,
Excmo. Señor Don Eucario Bakale Angue
22.- Ministro de Comercio y Promoción de Pequeñas y Medianas Empresas,
Excmo. Señor Don Pastor Micha Ondo Bile
23.- Ministro de Aviación Civil,
Excmo. Señor Don Norberto-Bartolome Mensuy Mañe Andeme.
24.- Ministro de Cultura, Turismo y Promoción Artesanal,
Excmo. Señor Don Rufino Ndong Esono Nchama
Así lo dispongo por el presente Decreto, Dado en Malabo a diecinueve días del mes de agosto del año dos mil veinte.
Por Una Guinea Mejor
Obiang Nguema Mbasogo
Presidente de la República”.
Cortesía de:
Texto: Clemente Ela Ondo Onguene (DGPWIGE)
Oficina de Información y Prensa de Guinea Ecuatorial
Fuente: https://www.guineaecuatorialpress.com/noticia.php?id=16067